En el BOE de 24-12-2009, se aprueba la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010, en la que destacan en materia de Seguridad Social:
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El TÃtulo IV, «De las pensiones públicas».
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El TÃtulo VIII, «Cotizaciones Sociales».
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La disposición derogatoria primera (deroga el artÃculo 190 de la
LGSS ).
- En su disposición final tercera, se realizan las siguientes modificaciones al Texto Refundido de la LGSS:
- |Art. 31 Actas de liquidación (nueva redacción).
- Art. 66 bis. (nuevo).
- Art 73. Excedentes (nueva redacción).
- Art. 128 (se modifican los dos primeros párrafos del apartado a) del numero 1).
- Art. 131 bis (se modifica el párrafo segundo del apartado 1 y los párrafos primero y segundo del apartado 2).
- Art. 133.quater. Prestación económica de maternidad (nueva redacción).
- Art. 140. Base reguladora de las pensiones de incapacidad permanente derivada de contingencias comunes.
- Art. 143 (se adiciona un nuevo párrafo segundo al apartado 3).
- Art. 162 (se modifica el primer párrafo del apartado 1 y la totalidad del apartado 1.1) - Base reguladora de la pensión de jubilación.
- Art. 174 (se modifica el primer párrafo del apartado 2) - Viudedad.
- Art. 179 (nueva redacción del apartado 3) - Compatibilidades huerfanos incapacitados.
- Art. 179 bis (nuevo) - Base reguladora de las prestaciones derivadas de contingencias comunes en prestaciones muerte y supervivencia.
- Disposición adicional cuadragésima séptima (nueva) - Coeficientes reductores de la edad de jubilación de los miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
- Disposición transitoria decimoctava (nueva) - Norma transitoria sobre pensión de viudedad en supuestos de separación judicial o divorcio antes de 01-01-08.
- Disposición transtoria decimonovena (nueva) - Actas de liquidación de la Seguridad Social.